Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición a los bienes embargados intentada por EDIOMARA SANCHEZ, asistida por la Abogada ANA CRISTINA MORA.
SEGUNDO: Se revoca el embargo preventivo realizado por este Tribunal en acta de fecha 01/08/2008 a los bienes1.- Un sistema de alarma compuesto por un Router marca Isonic, color negro, modelo ISO-WR54GM, serial 002719E16282 de cantv, con un equipo network digital video recorder, modelo D1H-264, marca AEVISION, SERIAL AE98004000ADL22-066, color azul, con un mouse marca itec. 2.- Un televisor de aproximadamente de 21 pulgadas, marca samsum ,color gris con control marca Samsum. 3.- Un televisor a color marca Phillips color negro, modelo 21PT9457-55, serial VJ1A083100807.....