ISPOSITIVA
Como consecuencia de lo motivado, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA RUPTURA DE LA UNIDAD PROCESAL, en la causa seguida contra el ciudadano Silva Silva Jorge Alberto, Colombiano, natural de Barranquilla Colombia, de fecha de nacimiento 30/12/1.972, de 36 años de edad, de ocupación comerciante, titular de la cedula de identidad Nº 72.188.720 y residenciado en el barrio La Planta, calle principal, casa 135 Valencia estado Carabobo, que continuará en original y separa la causa seguida contra la ciudadana Galán Mejias Mildre Carolina, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 numeral cuarto del Código Orgánico Procesal Penal.
Como consecuencia de lo decidido, se ordenó sacar compulsa de la presente causa la que previa certificación contendrá las actuaciones procésales seguida contra la ciudadana Galán Mejias Mildred Carolina, y .....