el ciudadano Milan Nahuel Rudman Tapia, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.257.813, a quien el tribunal notificó de su misión, asistido por el Abogado Néstor Bocaranda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.180.013, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 169.981, solicitando el derecho de palabra y concedido expone: Ofrezco para cancelar la suma de total adeudada a la presente fecha, por concepto de capital, intereses sobre capital, intereses moratorios, la suma de Noventa y Tres Mil Bolívares (Bs. 93.000) cantidad que hago efectiva en éste acto a través de cheque librado a favor de la empresa Gravinca C.A., a los fines de ser acreditado en la cuenta corriente de Banesco el día 30 de noviembre del año 2012. Con éste pago queda totalmente liquidada la obligación contenida en el presente procedimiento por lo que una vez hecho efectivo éste monto, el presente proceso quedará finalizado sirviendo la presente declaración como fin.....