DISPOSITIVA.
por todas las razones antes expuestas, este Tribunal De Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario en la presente causa seguida al adolescente imputado: : IDENTIDAD OMITIDA, toda vez que al mismo se le imputa la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 112 de la Ley para el desarme y control de armas y municiones en concordancia con el artículo 3 numeral 3 de la mencionada ley, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por lo que a los fines de mantenerlo sujeto a la investigación y todos los actos del proceso, se impone la medida cautelar contenida en el artículo 582 literales "B y C" de la Ley Orgánica para la Protección de .....