Vista la solicitud formulada por la ciudadana ZELENNI MIGDALIA FERNANDEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.400.189, residenciada en el Barrio El Milenio, calle principal, casa Nº 3 de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, actuando en nombre y representación de su hija, la niña .................. de siete (07) años de edad, debidamente asistidas por la Abogada Belangel Camacho Lucena, Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, para que este Tribunal emita autorización judicial para gestionar el cobro de los ahorros por concepto de Ley de Política Habitacional, por ante la entidad Bancaria Casa Propia, ubicada en esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, en razón de la muerte de su padre el ciudadano: HONORIO JOSE SULBARAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.960.072, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que la niña antes mencio.....