D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos CARLOS ARMANDO GONZÁLEZ y MAYRA DEL PILAR CARBALLIDO OLIVA DE GONZÁLEZ, el primero de los nombrados, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.944.010 y con domicilio en el caserío Algodonal, calle 4, casa Nº 72, jurisdicción del municipio Araure del estado Portuguesa, y la segunda, de nacionalidad cubana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-84.578.441, con domicilio en el barrio Bella Vista I, calle Principal, casa S/Nº, de la ciudad de Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa, asistidos por el Profesional del .....