DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIVACIÓN DE LIBERTAD a los ciudadanos Carlos José Blanco Carranza, Venezolano, natural de Caracas, fecha de nacimiento el 01-12-1967., de 38 años de edad, soltero, domiciliado en la avenida 52, casa s-n del barrio Araguaney de Acarigua Estado Portuguesa, y titular de la cédula de identidad nro. V-10.509.332., y Robert Arturo Ramos, venezolano, natural de Acarigua, fecha de nacimiento 01-12-1967, de 18 años de edad, soltero, domiciliado en la avenida 2 con calle 02, casa Nro. 30 del Barrio Araguaney de Acarigua Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad nro. V-19.051.881, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por las razones expresadas anteriormente. Librese lo conducente.
Remítase a la.....