Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente: 1. Se Declara la detención legal del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad a lo establecido en el articulo 652 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niña. Y Adolescentes. 2) Acuerda continuar las investigaciones bajo los parámetros del procedimiento ordinario. 3) Acoge la pre-calificación Fiscal de los hechos como ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTR EN GRADO DE COMPLICIDAD NECESARIA, previsto en el articulo 5 y 6 numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y el Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el articulo 84 numeral 1º del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RAFAEL FRANCISCO RODRIGUEZ AMARO. 4) Se le impone.....