Por los motivos que anteceden, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud planteada por el ciudadano José De Jesús Oráa Poleo, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en la carrera 7 entre calles 12 y 13 frente al Laboratorio Clínico Dental de Guanare estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° 12.237.484, en consecuencia se ordena la entrega plena, directa y definitiva del vehículo Marca Chevrolet, Modelo Grand Vitara 4X4, año 2000, color verde, clase camioneta, tipo Sport-Wagon, placa KAL-94A, serial carrocería: 8LDFTL52VY0324884, serial motor: J2JOA938439 y destinado a uso particular, sobre el cual tendrá pleno dominio de uso y disposición, todo de conformidad con el primer aparte del artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
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