En atención a los fundamentos antes que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA DEL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA con el N° ° signada con el N° PP11-P-2012-003137 seguidaRIVAS BERRIOS LEOPOLDO, de nacionalidad Venezolano, natural de Barinitas Estado Barinas, titular de la cedula de identidad N° V-9.261.905, fecha de nacimiento 27-07-1964, de 48 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la carretera nacional Barinas-Barinas, sector Parangula, casa SIN, frente a la intercomunal, Estado Barinas en el Tribunal de Ejecución Nº 2del Estado Barinas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 67 y 77, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.