Visto el convenimiento formulado por los ciudadanos JUAN RAFAEL SANCHEZ HERNANDEZ y DALIA COROMOTO YANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 7.561.296 y 9.253.185, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, del ciudadano JUAN RAFAEL SANCHEZ HERNANDEZ, en beneficio de sus hijos -----------------------, (Morochos) de 16 y 16 años de edad, respectivamente, la cual ha sido aumentada en la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 268.000,00) mensuales, en el mes de Agosto la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 466.000,00), para los gastos de uniformes y útiles escolares, en el mes de Diciembre la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 666.000,00), para los gastos de vestuarios y calzados, dicha cantidad de dinero será depositada en Banfoandes en la cuenta de ahorro Nº 0007-0014-21-0010105280, a nombre de los adolescentes y a la orden de este Tribunal,.....