Vista la solicitud formulada por el ciudadano EDGAR ALEXANDER LOYO TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.395.757, domiciliado en la urbanización la Comunidad Nueva, calle 05, sector II, casa N° 08, Guanare del estado Portuguesa; en su condición de padre de la niña ..........................., debidamente asistido por la Abogada OMAIRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Segunda (S) para el Sistema de Protección del Niño Niña y del Adolescente, para que el Tribunal le expida AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR DINERO, para tramitar la cuota parte, por concepto de pensión de sobreviviente, seguro de vida, que le pudiera corresponder a la niña Edgiberth Lucia Loyo Yánez, en razón de la muerte de la ciudadana REINYBHERTH ISABEL YANEZ HIDALGO, ocurrida en fecha 29 de Marzo del año 2009, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.959.579, y vistos los recaudos producidos con la solicitud, apareci.....