DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; se les impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, prevista y sancionada en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con la obligación de presentarse ante la sede de este Tribunal cada Ocho (08) días; a los imputados WULLIAM JOSE TORRES SUARES; cédula de identidad N° 16.399.393, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 11-10-82; de estado civil Soltero, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de profesión u oficio Chofer de Taxi, residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle 2, con avenida principal, casa N° 38, Acarigua, Estado Portuguesa; CARLOS ENRIQUE SOTO VARGAS; cédula de identidad N° 15.339.380; de 27 años de edad, fecha de nacimiento 22-04-1.978, de estado civil soltero, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de pro.....