Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada MENDOZA MUJICA EDICTA DEL CARMEN, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-10.585.143, natural de Acarigua estado Portuguesa, nacida en fecha 04-02-1972, de 38 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio obrera, con residencia en el Barrio Capuchino, Av 1, casa N° 17, sector los terrenos, Acarigua estado Portuguesa y actualmente recluido en la Dirección General de la Policía del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de por la comisión del delito de Robo Impropio; previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 456 del Código Penal en concordancia con el artículo 82 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana Bedoya Sanabria Lu.....