DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Tomasa Lacruz González venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 10.728.547, en representación de sus hijos xx,xx,xx y xx, contra el ciudadano: Reinaldo Rafael Montaña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.395.729, domicilio de trabajo Comandancia General del Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, y medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bi.....