DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 415 y 277, ambos del Código Penal, en concordancia con los artículos 248, 250, 256 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve:
PRIMERO: Califica la flagrancia en la aprehensión del ciudadano Marcelino Graterol Rodríguez, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.127.041, natural de Sabanetica, Municipio Páez, Estado Portuguesa, nacido en fecha 10 de Febrero de 1947, hijo de Juan Velásquez y María Leonarda García, de ocupación obrero, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio 19 de Abril Sector 01, Calle 02, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: Califica provisionalmente el hecho que le fue imp.....