DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:
1.- Decreta con lugar la flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y la continuación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal , en perjuicio del Estado Venezolano.
2.- Califica el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano.
3.- Impone al imputado David Alejandro Breña Díaz, Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de conformidad con los parámetros de los artículos 256 num.....