DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano: WUILLIAN VICENTE RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, natural de San Cristóbal estado Táchira, nacido en fecha 14-07-1979 de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.437.784, casado, profesión u oficio chofer y domiciliado en el Barrio La Victoria, calle 21, casa sin número, Rubio estado Táchira, quien fue aprehendido el día 8-07-2005, por la comisión del delito de transporte de sustancias estupefacientes y psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánico sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolan.....