DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por el ciudadano: JESÚS PASCUAL VALERA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.239.730, declarándolo CONCUBINO en vida de la ciudadana MARÍA ESTILITA PIÑA, quien era venezolana, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-2.728.041, unión estable de hecho que se inició el día seis de septiembre del año mil novecientos setenta y tres (06-09-1973) y se mantuvo hasta el primero de octubre del dos mil veinte (01-10-2020), fecha en que falleció la de Cujus.
SEGUNDO: Confiriéndole el Tribunal al concubino todos los efectos de l.....