DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Primero: SIN LUGAR la defensa perentoria de perención breve. Segundo: SIN LUGAR la solicitud de prescripción de la demanda. Así se decide. Tercero: parcialmente con lugar la demanda propuesta contra la empresa SOCIEDAD MERCANTIL "TRANSPORTE INDEPENDIENTE MIXTO DE ADMINISTRACIÓN OBRERA C.A." y en consecuencia se condena a la empresa demandada a indemnizar la cantidad de 190.000 Bs a la parte actora; de conformidad con el artículo 23 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1196 del Código Civil. Así se condena. Cuarto: No ha LUGAR la pretensión de daño moral y de cobro de intereses moratorios. Así se decide. Quinto: SIN LUGAR la solicitud de eximente de respons.....