Con fundamento en las consideraciones expresadas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en uso de las atribuciones que le confiere, atendiendo al derecho constitucional a la defensa y al debido proceso que le asiste a las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 206, 211 y 245 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION CONTRACTUAL, en contra SOCIEDAD MERCANTIL SEGURO CARABOBO C.A intentada por el ciudadano MILTON DAVID VIERA JIMENEZ, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida.