Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda que por Daños y Perjuicios ha interpuesto el ciudadano MARIO BENÍTES, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en el Caserío Chuponal, Parroquia José Félix Ribas, Municipio Pedraza del Estado Barinas, titular de la cédula de identidad No. V-9.026.739, debidamente asistido del abogado FÉLIX CRISTÓBAL RIVAS UVIEDO, Venezolano, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.057, domiciliado en Barinas Estado Barinas, contra la ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDAS "BRISAS DE SAN GENARO", representada por su Presidente, ciudadano JUAN DEL CARMEN MEJÍAS BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.328.243, con domi.....