En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la presente pretensión por PARTICIÓN, LIQUIDACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE BIENES, incoada por la ciudadana: CARMEN ALICIA BARRIOS BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.724.776, contra el ciudadano: ELÍAS ALEXANDER DÍAZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.400.481, de conformidad a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.
Notifíquese a la parte actora.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del J.....