En consonancia con los criterios doctrinas jurisprudenciales citados, y al análisis del acervo probatorio aportado a la presente incidencia de oposición, resulta forzoso para éste Tribunal declarar SIN LUGAR la oposición planteada contra la medida cautelar decretada por este Tribunal en fecha 22 de noviembre de 2017, respecto a la Providencia Administrativa Nº 506-2017 dictada por la Inspectoría del Trabajo, y en consecuencia, se ratifica la referida medida de tutela cautelar. ASÍ SE ESTABLECE.-
El Juez de Juicio La secretaria,
Abg. Javier Antonio Torrealba González Abg. Yrbert Alvarado