DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
Primero: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de octubre de 2017, por por los ciudadanos EDELIS YARIMA CASTILLO ALDAO y JUAN JOSÉ GONZÁLEZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.540.246 y V-20.158.854, respectivamente, asistido por la Abogada en ejercicio ELIE CAROLINA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.213.089, inscrita en el IPSA bajo el número: Nº 102.011, en el asunto principal N° J-2016-000538, con motivo de Título de Únicos y Universales Herederos, actuando como recurrente ante esta Alzada en contra de la Sentencia Interlocutoria con fuerz.....