Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por la ciudadana: IRMA BEATRIZ CÚRVELO MONTOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº Nº21.022.051, con citación de su Cónyuge BRADLEYD GABRIEL JIMENEZ INFANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.446.578, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: IRMA BEATRIZ CÚRVELO MONTOYA y BRADLEYD GABRIEL JIMENEZ INFANTE, en fecha veintiocho de diciembre del año dos mil doce (28/12/2012), por ante el Registro Civil del Municipio Guanare d.....