En consecuencia, al ser analizadas y valoradas las pruebas cursantes en autos, así como las declaraciones rendidas por los testigos promovidos en la presente solicitud, determinando quien aquí juzga no hubo oposición a la misma, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 937 y 770 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a la ciudadana AURA FELIPA SEQUERA DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.397.880, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos LILA ANAIS HERNANDEZ SEQUERA, OSCAR DAVID HERNANDEZ HERNANDEZ, JESUS MANUEL HERNANDEZ HERNANDEZ, JOSE GREGORIO HERNANDEZ SEQUERA, RONALD KELVIN HERNANDEZ SEQUERA Y JHONNER RAFAEL HERNANDEZ S.....