Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: Lenny Josefina Paraguate Griman Y Danny Harik Camargo Zuleta, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.475.328 y V-14.731.173, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado Frankier Rosales Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.337.977 e inscrito en el Inpreabogado bajo Nro 270.334; de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos en fecha doce de noviembre del año dos mil ocho (12/11/2008), por ante la Oficina de Registro Civil d.....