Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Maryuliz Auxiliadora Suárez Morales y Frank Mchenoy Pacheco González, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-16.647.707, y V-16.644.776 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el profesional del derecho Carlos Eduardo Chinchilla Diaz, titular de la cédula de identidad número V-17.616.741, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 216.176, de conformidad con lo establecido en la sentencia Nº 693, Expediente Nº 12.1163, dictada en fecha 02 junio de 2015 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Magis.....