DECISIÓN
Visto el convenimiento efectuado por la ciudadana: MARICELI DEL CARMEN LINAREZ DIAZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula identidad N° V- 13.702.883 con domicilio en la Avenida Principal de la Urbanización Santa Rita, casa N° 1-64, Avenida Rotaria, del Municipio Páez Estado Portuguesa, asistido por el abogado: JOSE GREGORIO PIÑA CAMACARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.264.979 inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 271.981, parte demandada en la presente causa, por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y que lo convenido ha sido en forma autentica, sin términos ni condiciones, ni modalidades y que son derechos disponibles de las partes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la Repúbli.....