D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos AMALIA ROSA IGLESIA CAMPERO y RUFINO ANTONIO ESCALONA BARONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-13.702.975 y V-12.090.067, respectivamente, domiciliados la primera de los prenombrados en el sector centro el Saman, calle 7, con carrera 2, Pimpinela, municipio Páez, estado Portuguesa, y el segundo en la calle 5, casa sin numero de Pimpinela, Parroquia Pimpinela, municipio Páez, estado Portuguesa, debidamente asistidos por las abogadas BLANCA MERCEDES GOMEZ y LID DILMARY LUCENA RIVERO, inscritas en el INPREABOGADO bajo los N° 177.102 y .....