Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por las ciudadanos: REALZA CARLOS JOSE y MARITZA GREGORIA GALLARDO LUCENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.334.769 y V-10.141.480, respectivamente, que se relaciona con el croquis catastral N° 18-08-01-U-01-N-C-000-000-000, que corre al folio siete (07), consta que él solicitante en un lote de terreno municipal, el cual posee un área aproximadamente de CUATROCIENTOS VEINTE CON VEINTE METROS CUADRADOS (420,20 M2) ubicado en la Urbanización El Carmelo, sector 02, avenida número 05, esquina calle 03, número 31 de Acarigua estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela vivienda número 32 de la avenida 04; SUR: Avenida 5; ESTE: Calle 03; y OESTE: Vivienda 29, con un área de construcción que mide CIENTO SESENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (169.99 M2), ha conformado a sus únicas y solas expensas y con dinero de su propio peculio, un.....