En consecuencia, se declara judicialmente reconocido por el ciudadano JORGE LUIS GONZÁLEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.867.591, domiciliado en la Troncal 5, Rió Acarigua, calle Principal, vía hoja blanca, sector Sn José, asentamiento Campesino Choro Soteldeño, granja Agroindustrial El Potreron, casa S/N, Rió Acarigua, de la ciudad de Araure estado Portuguesa, el instrumento que acompaño como documento fundamental de la presente acción, así como las firmas contenida en el mismo el cual riela al (folio 04) del presente expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los veintisiete (27) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. Años: 212º de la I.....