DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos ELIS SAHIL APONTE Y VIRGINIA RAMONA GOMEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°18.100.914 Y 12.011.017, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 03 de Marzo de 2015, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 20 ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino Estado Portuguesa y al Registrador Principal del Estado Portuguesa de la presente Sentencia, una vez quede firme la misma, anexándoles copias certificad.....