DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: A la SOCIEDAD MERCANTIL ESTACIÓN DE SERVICIOS Y DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLE EL PROGRESO C.A., representada por el ciudadano SALVATORE SEGUNDO CARLINO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.542.436, de conformidad con lo establecido en el artículo 370 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil como TERCERO COADYUVANTE, en el presente asunto.
SEGUNDO: Incorporar las actuaciones de la SOCIEDAD MERCANTIL ESTACIÓN DE SERVICIOS Y DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLE EL PROGRESO C.A., representada por el ciudadano SALVATORE SEGUNDO CARLINO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.542.436, en su condición de TERCERO COADYUVANTE, porque viene hacer una causa en común en el presente asunto.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo .....