DISPOSITIVA
Con fundamento en los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de febrero de 2017, por el Abogado APOLONIO CORDERO, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Público del Segundo Circuito del Estado Portuguesa; SEGUNDO: Se ANULA la decisión dictada en fecha 16 de febrero de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 04, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua; y TERCERO: Se ORDENA la remisión de la presente causa penal al mismo Tribunal de Control Nº 04, Extensión Acarigua, en razón de estar presidido por un Juez de Control distinto al que dictó el fallo aquí anulado, para que requiera nuevamente el vehículo MAR.....