En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado ANGEL FELIX PAEZ BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.327.871 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 126.306, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA GREGORIA TERÁN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.890.639.
SEGUNDO: SE ORDENA remitir el expediente al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
TERCERO: No se condena en costas debido a la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho d.....