DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Extinguida La Responsabilidad Penal a favor de la penada LILIAN LISSET MEJIAS VIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.892.376, fecha de nacimiento 08-08-20187, soltera, secretaria, residenciada en el Barrio Mata Verde, calle Bruzual con calle Sucre y Gabaldón, Quinta Greisnell, casa s/n, al lado del liceo San Juan de Guanaguanare, Sector Puente Páez, Mesa de Cavacas, Guanare Estado Portuguesa, por el delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 60 de de la Ley Contra La Corrupción, en perjuicio de Jiménez de Santiago Maria Yakelyn y el estado Venezolano en perjuicio de María Jiménez de Santiago Y el estado Venezolano, por Cumplimiento total de Suspensión Condicional de la Eje.....