Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN EFECTO LAS CITACIONES PRACTICADAS en la presente causa por haber transcurrido más de sesenta (60) días de la primera citación de fecha 07/02/2023, y no habiéndose logrando aún hasta la presente fecha la citación del USAMA ABOU SAADA RADWAN todo de conformidad con el Artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, es decir, queda sin efecto la citación que se ha practicado en esta causa y como consecuencia SUSPENDIDO el presente procedimiento hasta que el demandante solicite la citación de todos los demandados.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la.....