También no es objeto de aclaratoria, en cuanto al monto definitivo que presentaron los expertos, en referencia al valor total de los objetos de experticia, en el sentido, que en las mismas se ordenó que determinara el valor efectivo y actual de los materiales empleados en la construcción, la mano de obra, como también los salarios oficiales que se pagaron en la ejecución de esa mejora, y ésta puede determinarse mediante esta prueba, así se estableció en el fallo dictado el 18/05/2.010, y los expertos en el dictamen pericial establecieron la metodología empleada para la valoración del calculo final, la cual será objeto de estudio al momento que este órgano jurisdiccional administrador de justicia dicte la sentencia definitiva, en la cual se apreciará y valorará esta prueba pericial, tomando en cuenta las pretensiones y defensas del actor y del demandado con los respectivos medios probatorios aportados en este proceso, por lo que la aclaratoria solicitada no da lugar a derecho. Así se de.....