DISPOSITIVA.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda intentada por el ciudadano JUAN DE JESUS RAMIREZ GOMEZ (ya identificado), por motivo de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, contra el ciudadano JOSE MANUEL ALVARADO RIVAS (ya identificado), en efecto, queda homologado el convenimiento presentado en la causa.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, queda RECONOCIDO de manera expresa y voluntaria el contenido del documento privado presentado como documento fundamental de la acción que cursa en el folio (3) del presente expediente, que se refiere a las actuaciones celebra.....