DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana EDIATRIZ CALZADA MONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.642.398, debidamente asistida por la abogada en ejercicio YURAIMI YANETH PACHECO DE CORDERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 270.584, contra la ciudadana MARIELENA SILVA CALZADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.227.643. En consecuencia, se declara que existió una unión concubinaria entre la ciudadana EDIATRIZ CALZADA MONTES y el ciudadano MARCOS HERMENIO SILVA RAMOS, desde el día 20 de enero de 1994 hasta el 01 de diciembre de 2016.
SEGUNDO: Se ordena la.....