DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por la abogada NAYDALI JAIMES QUERO, en su carácter de apoderada judicial de la recurrente MONTAJE E INVERSIONES JJ C.A, contra la decisión publicada en fecha 26/10/2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede Acarigua; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 30/10/2017, por la abogada NAYDALI JAIMES QUERO, en su carácter de apoderada judicial de la recurrente MONTAJE E INVERSIONES JJ C.A, contra la decisión publicada en fecha 26/10/2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de.....