Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: SE HOMOLOGA con carácter de cosa juzgada el desistimiento del procedimiento incoado por el ciudadano JORDANI JOSÉ TORRES ÁLVAREZ, representado por el Apoderado Judicial abogado MARIO ALBERTO ESCALANTE en contra de la empresa AGRÍCOLA A y B, C.A, representada por sus Apoderados Judiciales abogados Abg. EZEQUIEL ALVARADO, XIOLEIDY COLMENAREZ, NAYDALI JAIMES, JOHANNA CIRELLA, JOSÉ LUÍS YANEZ y MORJORIE LINAREZ, extinguiendo de esta forma la instancia conforme a lo dispuesto en los artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil venezolano.
Publicada en el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, a los Onces (11) días del mes de A.....