Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por la ciudadana LUISELYS NOEMI ALVAREZ NIEVES, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-27.194.724, en contra del ciudadano JEAN CARLOS JESUS CAÑIZALEZ MATERANO, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-25.417.602, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 29 de Agosto del año 2022, quedando inserta el Acta bajo el Nº 164, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.