REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


DECRETO

Guanare, 13 de agosto de 2026.
Años: 216° y 167°.

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la MISIÓN VENEZOLANA DE PORTUGUESA DE LOS ADVENTISTAS DEL SÉPTIMO DÍA, debidamente protocolizada por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guanare del estado Portuguesa, en fecha 25 de Septiembre de 2018, bajo el N° 07, folio 54, Tomo 23, Protocolo de Transcripción de 2018, cuyo N° de Rif es el siguiente: J411940097, representada por el Presidente ciudadano: YDELSO RAMÓN PRIETO CASTRO, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.084.160, tal como consta en Acta de Asamblea Extraordinaria debidamente protocolizada el 8 de abril de 2024, bajo el N° 36, folios 310 del Tomo 3, del Protocolo de Transcripción del año 2024, ante la oficina de Registro Público del Municipio Guanare del estado Portuguesa, debidamente asistido por la profesional del derecho ciudadana: MILANYELA PEDROZA LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.056.368, de este domiciliado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 61.506, mediante la cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre la bienhechurías a que ella se contrae. Y por cuanto de las declaraciones contestes rendidas por ante éste Tribunal por los ciudadanos: WILLIAM GAMALIEL SOTO RIVAS y HÉCTOR JESÚS MEJÍAS YÉPEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros .: V-10.053.828 y V-12.237.135, respectivamente, ambos de este domicilio, consta que la representada MISIÓN VENEZOLANA DE PORTUGUESA DE LOS ADVENTISTAS DEL SÉPTIMO DÍA, supra identificada, ocupa un lote de Terreno Municipal, ubicado en el Barrio Buenos Aires, calle El Zorro, esquina calle 02 del Municipio Guanare del estado Portuguesa, signado con el Código Catastral Nº 18-04-01-U01-20-05-10-000-000-000, según se evidencia de la Constancia de Mensura Catastral emitida por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa en fecha 28/10/2025, Expediente Nº 445-25, dichas bienhechurías poseen un área de Terreno de QUINIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTÍMETROS (530. 27. M2), y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle 02 con 15,50+16,30 ML; SUR: Solar y casa de Dixon Rodríguez con 22,70 ML; ESTE: Solar y Casa de Grabiel Montaña-Mario Barazarte-Yilber Rangel con 11,50+20,50 ML; y OESTE: Calle el Zorro con 35,90 ML; y cuenta con un área de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE CENTÍMETROS (243.87 M2). Asimismo, del escrito de solicitud y la declaración de los testigos se evidencia que las bienhechurías consisten en una edificación dedicada a Templo de Adoración, dividido en dos ambientes a saber: Templo de Adoración Amplio: Con paredes de bloques frisada, piso de granito, techo de machimbrado; 8 ventanas de hierro panorámicas con vidrios; 4 puertas de hierro, 3 laterales y 1 de frente; 1 bautisterio de bloque. Templo de Adoración para los Niños: Con paredes de bloques frisada, piso de cemento pulido, techo de platabanda, cuenta con 3 espacios (cuartos), 1 deposito, 2 baños totalmente equipados y con puertas de madera, 4 ventanas de hierro y 2 puertas de hierro. El monto invertido de dichas Bienhechurías es por la cantidad de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL BOLÍVARES (15.270.000.00 Bs.). Ahora bien, por cuanto no ha habido oposición, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la MISIÓN VENEZOLANA DE PORTUGUESA DE LOS ADVENTISTAS DEL SEPTIMO DÍA, Registro de Información Fiscal J411940097, representada por el Presidente ciudadano: YDELSO RAMÓN PRIETO CASTRO, plenamente identificado, el derecho de propiedad y posesión, sobre las bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.
Se deja constancia que presentó AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA TRAMITAR TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURÍAS. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte solicitante.
La Jueza Suplente,


Abg. Crisbet Carolina Colmenares López.
El Secretario,


Abg. Ignacio Antonio Hidalgo Ruiz.

Seguidamente se devuelven a la parte solicitante estas actuaciones en originales con sus resultas constantes de diecisiete (17) folios útiles. Conste.