REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, Dos (02) de Febrero del 2026.
Años: 215° y 166°
Exp N° 3144-2024.
Parte Demandante: Ana Delis Rodríguez Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.º V- 25.938.111
Parte Demandada: Jorvi Antonio Morillo Duran, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.º V-21.256.168
Motivo: Obligación de Manutención.
Decisión: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.
Revisadas las actuaciones en el presente expediente, y por cuanto se evidencia que desde el 24-10-2024, cursante al folio Trece (13) fecha en que se evidencia que la parte interesa no ha comparecido, y hasta la presente fecha ha transcurrido más de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento, por ninguna de las partes posterior a ello, es por lo que se hace aplicable lo contenido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual señala:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención.”
Todo ello en concordancia con el artículo 269 ejusdem, el cual establece:
“La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal y la sentencia que la declare, en cualquiera de los casos del artículo 267, es apelable libremente.”
Por lo anterior expuesto este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Perimida la Instancia.
Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de al Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Biscucuy a los Dos (02) días del mes de Febrero de 2026.
La Juez Provisorio
Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria.
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.-
Seguidamente se publico siendo las 9:40 am, conste.
Abrahanny Sánchez Rivero.-
|