LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Píritu, Veintidós (22) de Junio del Dos Mil Veintiséis (2026).
216° y 167°
DECRETO
Vista la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones testimoniales, al efecto por Jornada de Tribunal Móvil convocada por el Tribunal Supremo de Justicia y la Rectoría del Estado Portuguesa y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle la cualidad de: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos: SAULO RAFAEL LOPEZ VALERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 21.058.958, LENNY DIANORA CEDEÑO VALERA y ROSMARY LUCILA CEDEÑO VALERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 15.692.172, y N° V.- 14.177.544, en su carácter de causahabientes de la De Cujus, ciudadana DIANORA COROMOTO VALERA LOPEZ (♰), quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.953.854, quien falleció de Ab-Instestato el día: Veintiuno (21) de abril del 2.026, según consta en acta de defunción N° 047 emitida por el Registro Civil del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas de la presente solicitud de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal.
Publíquese en el portal web: www.portuguesa.tsj.gob.ve.
CÚMPLASE. –
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Píritu, a los Veintidós (22) días del mes de junio del dos mil veintiséis (2026). Años: 216° de la Independencia y 167° de la Federación.
LA JUEZA,
ABG. LEIDIS LAMEDA JIMENEZ
LA SECRETARIA,
ABG. FLOREIDIS SEGURA SALCEDO.
En el mismo día de hoy: 22-06-2026, siendo las 10:25 a.m., se publicó el presente Decreto.
Conste,
Scría.
SOLICITUD N° 1.902/2.026 – TRIBUNAL MÓVIL.
LLJ/FSS/jgv. -
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