Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, Declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, propuesto por la ciudadana Xiomara Ramírez de González, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cedula de Identidad N.° V- 5.766.981, en contra del ciudadano Alirio Antonio González Guerra, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cedula de Identidad N.° V-9.159.374, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia bajo la premisa de la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N.º 1070 de fecha 09-12-2016, expediente Nº 16-0916, doctrina en referencia acogida por la Sala de Casación Civil de nuestro Máximo Tribunal ya rese.....