DECISIÓN
Por las razones expuestas a lo largo del presente fallo, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL DE NULIDAD,interpuesto por el ciudadanoYONATHAN ELIMELEC PEÑA CARRILLO, titular de la cédula de identidad N° V-19.052.666, debidamente asistido por el Abogado SADY JOSE OLIVO BORGES, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el N° 159.007, demanda incoada contra la DIRECCIÓN GENERAL DE POLICIA DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: La PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERES en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad, interpuesto por el ciudadanoYONATHAN ELIMELEC PEÑA CARRILLO, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE POLICIA DEL ESTADO PORTUGUESA.
TERCERO: Notificar al ciudadano PROCURADOR DEL ESTADO PORTUGUESA, .....